ARTÍCULO 10 - Fracción IV
La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias, comisiones legislativas y sesiones de trabajo a que se convoquen. Para las reuniones ya celebradas, se deberán difundir, en un plazo no mayor a 30 días naturales, las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones, así como las listas de asistencia de sus integrantes.
Sujetos Obligados: Secretaría del Republicano Ayuntamiento.
> Actas de Cabildo
> Calendario (Sesiones de Cabildo) y Asistencia a Sesiones
> Actas y Transmisión de Sesiones de Adquisiciones